A falta de argumentos válidos, la Fiscalía de Estados Unidos (EE.UU.) insiste en utilizar a la figura del extinto interinato de Juan Guaidó para desconocer la inmunidad diplomática de Alex Saab ante la Corte de Apelaciones de Georgia luego de cuatro prórrogas.
https://twitter.com/FreeAlexSaabOrg/status/1709863687626916158
Este miércoles 4 de octubre finalmente la fiscalía presentó una argumentación política carente de validez a la luz del derecho internacional, afirmando que la inmunidad diplomática de un ciudadano depende del “reconocimiento” de EE.UU. al gobierno de un Estado soberano como Venezuela.
https://twitter.com/alejabolivarian/status/1709931601013154203
De esta forma, la justicia estadounidense desconoce de plano las protecciones internacionales establecidas en la Convención de Viena y de la Convención de Nueva York, dejando claro el irrespeto a la soberanía del pueblo venezolano manifestada en las urnas con la reelección del presidente Nicolás Maduro en 2018.
https://twitter.com/berlinSTOPwar/status/1709701697382097213
El texto publicado por el Departamento de Justicia (DoJ) afirma que “la inmunidad diplomática de los diplomáticos de un Estado extranjero solo existe cuando hay reconocimiento de la soberanía de otro Estado por parte del Departamento de Estado (“Un agente diplomático que afirma representar a un gobierno revolucionario que no es reconocido por el Estado receptor no tiene derecho a la inmunidad diplomática en los tribunales de ese estado)”.
https://twitter.com/kb_ql22/status/1709870413369544792
La soberanía es innegociable
Sobre los alegatos de la fiscalía estadounidense, la defensa de Saab aclara que el “desconocimiento” a un gobernante y un Estado no elimina en absoluto la existencia del Estado mismo, ni del Gobierno como miembro reconocido y por lo tanto sujeto de Derecho Internacional, con derechos y deberes.
https://twitter.com/MarxistaJohan/status/1709934092983337267
Los abogados de Saab añaden que, en este caso, el desconocimiento de los EE.UU. al presidente Nicolás Maduro sólo le da derecho a no mantener relaciones diplomáticas, políticas y comerciales con Venezuela, pero no puede obligar al resto de Estados soberanos a desconocer a la nación latinoamericana ni impedir que mantenga relaciones con otros Estados como Irán, a donde fue Saab como Enviado Especial.
https://twitter.com/Comando_Activo1/status/1709932903973675201
Asimismo, añaden que el respeto a la inmunidad de tránsito de un diplomático en el desarrollo de su misión, es una costumbre internacional y por lo tanto norma del Derecho Internacional consuetudinario.
https://twitter.com/AitanaCorcega/status/1709931270179045683




